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25.03.2014  » Comunicado de Prensa

Acuerdo Complementario Salarial a Trabajadores del Calzado

La FAICA, Federación Argentina de la Industria del Calzado y Afines, integrada por las Cámaras de la Industria del Calzado de Córdoba, Buenos Aires y Santa Fe y UTICRA (Unión de Trabajadores de la Industria del Calzado de la República Argentina), acordaron una colaboración de una suma puente no remunerativa y con carácter excepcional, que no tendrá incidencia alguna en ningún adicional ni para el cálculo de horas extras, aguinaldo, indemnizaciones, ni para el escalafón, ni para los aportes y contribuciones a la seguridad social y sindicales o solidarias.

Para el personal que no se desempeñe a tiempo completo esta asignación se abonará parcialmente, debiendo descontarse proporcionalmente, asimismo para el supuesto de ausencias injustificadas.

 

A los fines de la percepción de esta suma se considera requisito que el trabajador se encuentre vinculado laboralmente con su empleador a la fecha de pago que se indica y que venga desempeñándose para el  mismo desde al menos el 05-10-13. En el supuesto de trabajadores que hayan ingresado con posterioridad a esa fecha la suma se abonará en forma proporcional. En los supuestos de trabajo parcial la proporcionalidad será equivalente al porcentaje que represente la jornada reducida respecto de la jornada normal y habitual del establecimiento. 

 

El importe de la asignación no remunerativa será de pesos Un mil quinientos ($ 1.500)  para las categorías de producción 1, 2 y 3, y para el personal de administración, mantenimiento, desarrollo, expedición, limpieza, choferes y ayudantes de choferes, y vendedores en locales de venta directa. Y de pesos Un mil ochocientos pesos ($ 1.800) para el personal de producción de la categoría 4.

La suma indicada se abonará en tres cuotas iguales y consecutivas de $ 500 ó $ 600 según el caso, con vencimiento los días 5 de abril, 5 de mayo y 5 de junio del corriente año.

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